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Procesaron a Ricardo Echegaray por contrabando agravado y le prohíben salir del país

La acusación contra Echegaray se basa además en que el trámite autorizado por él habría eludido la intervención de la Dirección Nacional de Ceremonial de la Cancillería, que es la autoridad de aplicación del régimen establecido por el decreto 25/70 y sus normas modificatorias.

Según el juez, todo el trámite fue irregular. Lo concedió quien no tenía potestades para otorgarlo, en contra del organismo que debió haber intervenido, fue acordado en favor de quien no podía recibirlo y además fue más amplio del que le hubiere correspondido incluso a los diplomáticos que sí podían recibirlo.

El juez sostuvo que no correspondía detener a Echegaray basado en tres argumentos: la «baja entidad» del episodio, el tiempo transcurrido y la falta de un ánimo de lucro detrás de la decisión de Echegaray.

Dispuso, no obstante, una serie de medidas para asegurar que no fuera a fugarse: lo obligó a que se presente en el juzgado dos veces por mes y le prohibió salir del país y ausentarse de su domicilio por períodos de más de 72 días sin aviso previo. Además, le fijó una caución real de un millón de pesos.

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