Los argentinos que viven en el exterior podrán votar por correo

La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial, se suma a la modalidad de votación presencial en los consulados argentinos, que rige desde 1993.

¿Qué se deberá hacer para poder votar?
Realizar el cambio de domicilio en su DNI para dejar asentado allí su lugar de residencia en el exterior. El material para poder votar por correo será remitido a esa dirección.
Inscribirse en un registro online que estará disponible hasta 90 días antes de las elecciones.
Los ciudadanos registrados recibirán en su domicilio un paquete con toda la documentación electoral (la boleta oficial, el sobre de devolución con envío gratuito, el sobre de resguardo del voto, el instructivo y el formulario de declaración jurada de identidad) el cual el elector deberá devolver a más tardar el miércoles 23 de octubre.

¿Cuál es el beneficio del nuevo Decreto?
El Decreto 45/2019 brinda una solución a aquellos electores que viven en el extranjero y que se encontraban imposibilitados a presentarse en el lugar de votación debido, entre otras cuestiones, a la lejanía de sus lugares de residencia.
A través de esta reglamentación queda garantizado el derecho al voto a más de 360.000 argentinos residentes en el exterior que se encuentran en condiciones de votar el 27 de octubre de 2019 cuando se celebrarán las Elecciones Nacionales, donde se renovarán la mitad de las bancas de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, un tercio de las bancas del Honorable Senado de la Nación y se elegirá Presidente y Vicepresidente de la Nación.

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