Misión Covid-19: Normas dominantes que impone el régimen a médicos cubanos en el extranjero

Las reglamentaciones oficiales establecen que los trabajadores pueden recibir sanciones disciplinarias si entablan “amistad” con personas que tengan “opiniones hostiles o contrarias a las de la revolución cubana”.

Las reglamentaciones oficiales establecen que los trabajadores pueden recibir sanciones disciplinarias si entablan “amistad” con personas que tengan “opiniones hostiles o contrarias a las de la revolución cubana”.

Human Rights Watch detalló que cerca de 1.500 profesionales enviados a colaborar en la lucha contra el coronavirus tienen prohibido entablar amistad con quienes tengan “opiniones contrarias a las de la revolución» y deben reportar relaciones amorosas, entre otras obligaciones.

En su informe, señaló que los gobiernos que solicitan asistencia de trabajadores de la salud cubanos para responder a la pandemia de COVID-19 ″deben exigir a las autoridades cubanas que reformen las leyes y reglamentos aplicables que vulneran, entre otros, los derechos a la privacidad, la libertad, la libertad de expresión y asociación, y el libre movimiento”.

Desde Marzo, recordó la ONG, Cuba envió cerca de 1.500 profesionales médicos a distintos países para colaborar con la lucha contra la pandemia. Estos profesionales se sumaron a los aproximadamente 30.000 trabajadores de la salud cubanos que ya se encontraban en el extranjero. Las reglamentaciones oficiales establecen que los trabajadores pueden recibir sanciones disciplinarias si entablan “amistad” con personas que tengan “opiniones hostiles o contrarias a las de la revolución cubana”. Los trabajadores sanitarios también pueden ser sancionados si “abandonan” su trabajo.

Según el régimen cubano -agrega la ONG-, a lo largo de un período de casi 60 años, Cuba ha enviado más de 400.000 trabajadores de la salud a 164 países para abordar crisis de corto plazo, desastres naturales y, en la actualidad, la pandemia de COVID-19. Desde Marzo de 2020, Cuba ha enviado a varios contingentes de profesionales médicos para apoyar a sistemas de salud locales en más de 20 países, incluidos varios de América Latina.

Cuba regula incluso los aspectos más triviales de la vida de los médicos cubanos que participan en misiones, de maneras que vulneran los derechos de libertad de asociación. Conforme a la Resolución 168 de 2010, dictada por el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera de Cuba, se consideran “infracciones de la disciplina” mantener “relaciones” con cualquier persona “cuya conducta no esté acorde con los principios y valores de la sociedad cubana”, así como sostener “relaciones de amistad o vínculos de otro tipo” con ciudadanos cubanos disidentes y personas que tengan “posiciones hostiles o contrarias a la Revolución cubana” o que sean “promotores de un modo de vida contrario a los principios que deben caracterizar a un colaborador cubano en el exterior”. Vivir con personas “no autorizadas” también constituye una infracción disciplinaria. 

La libertad de expresión de los trabajadores de la salud cubanos también se ve gravemente limitada como resultado de reglamentaciones amplias e imprecisas que resultan innecesarias y desproporcionadas para cualquier objetivo gubernamental legítimo.

Las sanciones previstas para quienes cometan infracciones disciplinarias van desde la retención de salarios hasta la expulsión de la misión y el regreso a Cuba. El Código Penal de Cuba prevé que el personal médico que “abandone” su trabajo puede ser objeto de procesos penales y penas de hasta ocho años de cárcel, una medida que resulta absolutamente desproporcionada y que afecta el derecho a la libertad de los trabajadores de la salud cubanos, manifestó la ONG.

La legislación cubana limita considerablemente el derecho de los médicos y otros cubanos a salir del país. Cuba restringe el acceso a pasaportes corrientes, y los trabajadores de la salud que forman parte de misiones reciben los denominados pasaportes “oficiales” que sólo tienen validez durante el período de la misión. Mientras que la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene ‘derecho a salir de cualquier país, incluso del propio’, así como ‘a regresar a su país’”, recordó la ONG y explicaron “Los gobiernos que acepten asistencia cubana que incluya condiciones abusivas impuestas por Cuba podrían convertirse en cómplices de graves violaciones de derechos humanos y deben abstenerse de contribuir a esta explotación” (Infobae)

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