Argentina: Condenan a prisión al ex funcionario kirchnerista que llevó 9 millones de dólares a un convento

Prisión de 7 años y medio para José López. Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal 1 que unificó las condenas que tenía por el enriquecimiento ilícito y por una carabina que llevaba la noche de su detención. La defensa intentó que saliera ya mismo en libertad

José López, el ex secretario de Obras Públicas durante el kircherismo, quedó sentenciado a una pena unificada de siete años y medio de prisión. Así lo resolvió hoy el Tribunal Oral Federal 1, luego de sustanciar una suerte de “minijuicio” sobre la pena unificada que le correspondía cumplir por el enriquecimiento ilícito y el arma que llevó al convento aquella madrugada de Junio de 2016, que desató su detención y la activación de las investigaciones en su contra. Ese día llevaba casi 9 millones de dólares.

La defensa reclamaba que se le diera la pena única de tres años de prisión. Con esto, hoy mismo debería haber sido dejado en libertad, ya sea por “agotamiento de la pena resultante o por la vía de la excarcelación en términos de libertad condicional”. Sin embargo, el pedido no prosperó y finalmente la condena se fijó en 7 años y 6 meses. Había sido sentenciado en la provincia de Buenos Aires a una pena de un año y 7 meses de prisión por portación de armas en 2017; y en Comodoro Py le fijaron 6 años de cárcel por el delito de enriquecimiento ilícito en 2019. La pena unificada no podía superar los 7 años y 7 meses, que implicaría la suma aritmética de las dos condenas y que fue lo que reclamó la fiscalía.

“Lo que se tuvo por probado tras el debate fue que toda esa fortuna fue producto del ilícito enriquecimiento de López en su calidad de funcionario público” sostuvo el fallo.

Cabe recordar cuando en Septiembre de 2017, Cristina había dicho “a López lo odié como pocas veces he odiado”, cuando habló sobre lo que le provocó la aparición de esos bolsos.

López está a punto de cumplir 60 años y lleva 4 años preso. El 12 de Junio de 2019, López fue condenado a la pena de 6 años de prisión. La sentencia incluyó la orden de pagar una multa del 60% del valor del enriquecimiento y la prohibición perpetua para ejercer cargos públicos. Junto a él fue condenada su esposa, María Amalia Díaz, a 2 años de prisión de ejecución condicional como partícipe secundaria. La monja Inés Aparicio, quien lo ayudó a ingresar los bolsos al convento de General Rodríguez, fue absuelta del delito de encubrimiento y se condenó a 2 años y medio a los empresarios Andrés Enrique Galera y a Eduardo Ramón Gutiérrez como partícipes necesarios de enriquecimiento ilícito. El empresario Carlos Gianni y el abogado Marcos Artemio Marconi, sospechados de prestanombres, fueron absueltos.

En 2018, se convirtió en imputado colaborador en la causa de los cuadernos, al declarar contra la ex presidenta Cristina Kirchner, aunque permanece privado de su libertad cumpliendo la condena por enriquecimiento ilícito. Apenas fue detenido dijo que el dinero venía de la política, pero fue recién al declarar como arrepentido que intentó justificar el dinero diciendo que se lo había entregado Fabián Gutiérrez, el ex secretario privado de los Kirchner que fue asesinado el pasado mes de Julio en Santa Cruz y lo desmintió en vida.

Hoy, José López enfrenta el juicio oral por la llamada causa Vialidad, en donde comparte banquillo de acusado junto a Cristina Kirchner, el ex ministro de Planificación Julio de Vido y el empresario Lázaro Baez. También aguarda qué suerte le tocará en las otras causas en las que está procesado y que aún no tienen fecha de juicio.

En su fallo, los jueces hicieron especial hincapié en el agravante de haberse aprovechado del dinero de la ciudadanía, usando “las relaciones de poder que obtuvo con el cargo ocupado y el empleo de una casa dedicada al culto sostenido por el Estado Nacional para ocultar el producto de su ilícito enriquecimiento”. También destacaron “la alta jerarquía del cargo público que ocupó López entre Diciembre de 2003 y Diciembre de 2015”, como subsecretario de Obras Publicas y “el daño causado a los bienes jurídicos tutelados en la presente causa –no solo la administración pública sino la confianza pública y la ética y moral republicanas”.

Los jueces subrayaron también “la evidente codicia que han dejado traslucir las conductas reprochadas -pues debe tenerse en cuenta que contaba con un trabajo fijo y un ingreso acorde con su responsabilidad en altas esferas de la administración pública nacional-, el hecho de que se tratara de un profesional universitario, lo que no sólo le significó una importante herramienta para procurar lícitamente su sustento, sino que denota que alcanzó un grado de conocimientos que le hacía sencillo comprender lo ilícito de las maniobras y el deber de abstención que incumplió”. (Infobae)

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