Argentina: La Corte Suprema aceptó el pedido de Per Saltum de los jueces que investigaron a Cristina Kirchner

La Corte Suprema aceptó el pedido de Per Saltum con el que los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi y el magistrado Germán Castelli intentan evitar ser removidos de sus cargos por haber investigado a Cristina Kirchner. El Consejo de la Magistratura no podrá realizar cambios hasta tanto se analice el fondo de la cuestión

El máximo tribunal de la República Argentina con la mayoría formada por los votos de Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton resolvió abrir el per saltum presentado por los magistrados Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli para no ser removidos de los cargos que ocupan en la Justicia Federal Penal, donde se tramitan las causas de corrupción que investigan la gestión kirchnerista.

Los cuatro integrantes de la mayoría de la Corte Suprema firmaron el mismo voto y el presidente del tribunal Carlos Rosenkrantz firmó el suyo dando lugar también a la apertura del recurso excepcional. Así, quedó en suspenso el trámite. En la misma resolución se le comunicó al Consejo de la Magistratura que, hasta que se pronuncie la Corte sobre el fondo de la cuestión, debe abstenerse de llevar adelante cambios y/o designaciones de magistrados y al mismo tiempo le dio un plazo de 48 horas para enviar el expediente completo.

En este sentido, la Corte se expidió sobre la admisión del recurso, pero no sobre el fondo, porque la sentencia debe dictarse después de que conteste el Consejo de la Magistratura. Es probable que, como el máximo tribunal acortó los plazos y decretó días y horas inhábiles, la decisión sobre el fondo sea muy rápida. Mientras tanto, los jueces permanecerán de licencia porque así lo solicitaron.

La mayoría estable en la Corte Suprema se mantiene y los magistrados que la firmaron redactaron un voto conjunto con el objetivo de evidenciar que se mantiene en el Tribunal dicha mayoría, como ocurrió en los últimos 15 años. Asimismo, esa mayoría se basó siempre en precedentes, que en esta oportunidad también se citaron, con la finalidad de dar previsibilidad en la interpretación para que las reglas sean claras.

Cabe señalar que el recurso de Per Saltum interpuesto por los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli significa que se interpone contra la sentencia de primera instancia y se salta la Cámara para ir directamente a la Corte Suprema. Por esta razón, es una vía muy excepcional y fue admitido una única vez por la Corte Suprema desde que la ley fue sancionada.

En el único Per Saltum que admitió la Corte, hubo una sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de la reforma judicial y el Estado Nacional planteó el tema en el máximo tribunal, sin deducir recurso de apelación; saltó la instancia, en cambio los jueces no saltaron la instancia, de ese modo, lo que dificultó seriamente la resolución de la medida. La sentencia de primera instancia se dictó el pasado 21 de Agosto y el 25 de Agosto, los actores plantearon dos recursos: el Per Saltum ante la Corte Suprema y el recurso de apelación ante la Cámara Contencioso administrativo.

Esta decisión planteó un obstáculo, porque la ley establece que el Per Saltum debe ser «el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido. En el momento en que el recurso fue interpuesto, podría haber sido rechazado, porque había otro de apelación por lo que el Per Saltum no era la única vía por lo que se decidió esperar en resguardo de los derechos de los magistrados.

En este momento, al no haber sentencia de la Cámara y dado el avance que se produjo en la situación, se corre el riesgo de que el derecho a una sentencia se torne ilusorio. Si se espera el dictado de la sentencia de la Cámara, más el recurso extraordinario, puede pasar mucho tiempo.

El requisito, que no se cumplía al momento de la interposición del recurso, y que podría haber motivado su rechazo, se cumple ahora, porque podría volverse abstracta cualquier decisión que se adopte luego de que esté en condiciones de ser resuelto el recurso extraordinario. Lo que la Corte hace es reconocer el derecho a una sentencia que pueda cumplirse de modo efectivo.

En el fondo, se trata de analizar los procedimientos constitucionales que regulan la integración de los tribunales y las disposiciones que rigen esos procedimientos para contar con una magistratura independiente. (Infobae)

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