La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a Julio de Vido por administración fraudulenta

El tribunal ratificó la pena a 5 años y 8 meses de prisión al ex ministro K de Planificación Federal por administración fraudulenta aunque no sumó la condena por estrago culposo agravado.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia al ex ministro K de Planificación Julio De Vido por la tragedia de Once, que por ahora sigue en libertad. La sala III del máximo tribunal penal ratificó la condena a 5 años y 8 meses de prisión por el delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado, por unanimidad. En cambio no incorporó a la medida la condena por estrago culposo, que vinculaba al ex funcionario con el accidente del tren Sarmiento en el que murieron 52 personas, en 2012.

Los camaristas sostuvieron que por el accidente del tren Sarmiento en la estación de Once quedó evidenciado el incumplimiento de sus deberes como funcionario de parte de De Vido. Manifestaron que el entonces ministro “decidió sostener aquel mecanismo dispuesto sustancialmente para beneficiar económicamente a las empresas vinculadas al grupo de empresarios concesionarios del ferrocarril Sarmiento”. Cuestionaron que “el servicio de la Línea Sarmiento se fue degradando paulatina e inexorablemente, hasta llegar a un calamitoso estado”.

Mencionaron las advertencias de la Auditoría General de la Nación, la Sindicatura General de la Nación y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte sobre la falta de mantenimiento, reparación del material rodante y seguridad del sistema operativo. Plantearon que pese a esas alertas De Vido “no llevó adelante ninguna medida acorde a sus deberes de supervisión, control y fiscalización sobre los bienes otorgados en concesión, para resguardar los bienes públicos bajo su competencia y los intereses de la Administración Pública confiados”.

Si bien era uno de los reclamos centrales de los familiares de las víctimas, los jueces Liliana Catucci y Eduardo Riggi no aceptaron incorporar una condena por estrago culposo, uno de los delitos que se le imputaron y por el que fue absuelto. El juez Gustavo Hornos consideró lo contrario, ya que planteó que el accidente “se desarrolló como una consecuencia directa de la conducta del ex ministro”. Hornos argumentó que el ex ministro “a través de su pasividad, contribuyó al resultado fatal al no resistir, rechazar o el riesgo prohibido más allá de lo socialmente aceptable al permitir que una actividad que de por sí peligrosa -el funcionamiento de un servicio ferroviario-, se desarrollara en precarias condiciones en evidente perjuicio de sus usuarios”.(TN)

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