
Es una duda bastante común, sobre todo si estás planeando un viaje largo o querés aprovechar al máximo tu estadía. La Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de EE.UU. lo explicó recientemente en sus redes sociales, aclarando algo que suele prestarse a confusión: el tiempo que podés quedarte no lo decide la visa, sino el agente de Aduanas cuando llegás.
Sí, leíste bien.
“El tiempo que un visitante internacional puede permanecer en Estados Unidos lo determina el agente de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) al momento de su llegada, NO la fecha de vencimiento de su visa”, explicaron desde la oficina consular.
Algunas cosas importantes que deberías saber
- Tener una visa no significa que puedas quedarte un tiempo fijo. En realidad, te permite pedir entrar al país, pero el que decide cuánto te podés quedar es el oficial del CBP, en el aeropuerto o en el punto de entrada.
- Esa decisión se deja asentada en un documento clave: el formulario I-94, donde figura una fecha que dice “Admit Until Date”. Esa es, literalmente, tu fecha límite. La podés chequear online muy fácilmente en: i94.cbp.dhs.gov.
- Por ejemplo, si viajás con una visa de turista B1/B2, lo más común es que te autoricen hasta 6 meses de estadía. Pero ojo, no es una regla. Puede ser menos, dependiendo del motivo de tu visita y otros factores personales.
¿Querés quedarte más tiempo? Hay una forma
Si estás en EE.UU. y querés extender tu estadía, tenés que solicitar una extensión de permanencia ante USCIS (el Servicio de Ciudadanía e Inmigración). Y acá va una aclaración importante: no se extiende la visa, sino el permiso de estadía. Son cosas distintas. Y tampoco hay garantía de que te lo aprueben.
Requisitos para poder pedir la extensión
- Entraste legalmente con una visa de no inmigrante (como la B1/B2).
- Tu estatus migratorio sigue vigente al momento del pedido.
- No cometiste delitos ni rompiste ninguna condición de tu visa.
- Tu pasaporte sigue válido durante toda la estadía que estás pidiendo.
¿Cuándo hay que hacerlo?
Lo ideal, según USCIS, es que inicies el trámite al menos 45 días antes de que se venza tu tiempo autorizado (la fecha del I-94). Dejarlo para último momento no es buena idea, porque cualquier retraso te puede complicar.
¿Quiénes no pueden pedir una extensión?
No todos pueden hacerlo. Están excluidos quienes tengan visas tipo:
- C (tránsito)
- D (tripulación)
- K-1 o K-2 (prometidos)
- S (informantes)
- TWOV, WT o WB (exención de visa, como el ESTA)
La verdad es que es un tema que genera muchas dudas, y no es para menos. Lo importante es que revises bien tu formulario I-94 y, si necesitás más tiempo en el país, no dejes pasar los días. Estados Unidos tiene sus reglas, y conviene jugar limpio para evitar problemas más adelante.