Amplia Moratoria: No se podrán comprar dólares ni distribuir dividendos.

Tampoco podrán realizarse transferencias y compras en el exterior de activos financieros.

Por unanimidad quedo aprobada la Ley de Asistencia al turismo; el jueves 13 de Agosto de 2020, en Buenos Aires Argentina. (FOTO: SOFIA ARECO)

La nueva moratoria que tuvo aprobación por la Cámara de Senadores la semana pasada beneficia no solo a las PyMEs sino también a las grandes empresas.

Sin perjuicio de ello hay una serie de restricciones que deben tenerse en consideración a la hora de optar por adherirse a la moratoria.

En primer término, tanto para las Pymes como las grandes empresas que desean adherirse a la moratoria, regirá la prohibición de realizar transferencias al exterior o compra en el exterior de activos financieros hasta agosto del 2022.

Tampoco podrán realizar las operaciones antes mencionadas los socios y accionistas de personas jurídicas que posean por lo menos 30% del capital social.

En segundo término, y para las empresas que no sean PyMEs, no se podrán distribuir dividendos ni tampoco acceder al  Mercado Único y Libre de Cambios para realizar pagos de beneficios netos a sociedades, empresas o cualquier otro beneficiario o beneficiaria del exterior. Tampoco podrá efectuarse ventas de títulos de valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de estos a entidades depositarias del exterior.

Las restricciones mencionadas tendrán vigencia hasta Agosto de 2022.

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