Suspensión de clases presenciales: La Corte Suprema derivó a la Procuración la demanda de CABA

El procurador general interino Eduardo Casal deberá colaborar con la Suprema Corte de Justicia en la demanda presentada por Horacio Rodríguez Larreta, para evitar el cierre de las escuelas.

La Corte Suprema de Justicia recibió este Viernes la demanda del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, para que no se frenen las clases presenciales y lo giró a la Procuración General de la Nación para que dictamine si es competente para intervenir en la causa.

El máximo tribunal de la Nación no le pidió opinión sobre la medida cautelar, sino para ver si corresponde intervenir. Ahora, la Procuración no tiene plazos para dictaminar, más allá del pedido de la Ciudad de Buenos Aires para que la Corte falle en forma “urgente”.

La presentación que realizó el jefe de Gobierno porteño ante la Corte Suprema advirtió que las restricciones impuestas por el presidente Alberto Fernández implican “una virtual intervención federal” sobre la Ciudad de Buenos Aires. Además afirmó que “la suspensión de las clases presenciales dispuesta no se encuentra justificada en datos empíricos”.

El recurso fue presentado ante el máximo tribunal este Viernes a las 09:50hs, es decir 10 minutos antes que se diera inicio a la reunión entre el mandatario nacional y el porteño en la Quinta de Olivos para hablar sobre las diferencias de criterios ante el aumento de casos de coronavirus.

La acción judicial busca que se declare la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/21 del Poder Ejecutivo. Entre otras medidas, el DNU que comenzó a regir este Viernes dispone la suspensión de las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades desde el 19 de Abril hasta el 30 de Abril inclusive.

Puntualmente, la medida cautelar es contra el artículo 2 del DNU e incluye a toda otra disposición o reglamentación dictada en su consecuencia: la Ciudad pide que se le ordene al Estado nacional que “se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el Decreto cuestionado”.

Al entender del Gobierno porteño, la suspensión de las clases presenciales viola la autonomía de la Ciudad e implica “una virtual intervención federal”, ya que afirma que la Nación “se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación”.

Además, advirtió que “no es razonable, ya que la suspensión de las clases presenciales dispuesta no se encuentra justificada en datos empíricos, y resulta arbitraria porque obedece exclusivamente a la voluntad de quien detenta el Poder Ejecutivo Nacional”. En este sentido, la Ciudad aseguró: “Por el contrario está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo”.

También denunció que el DNU “constituye una clara violación al principio de igualdad porque se evidencia una discriminación arbitraria con relación a las restantes provincias, que pueden decidir respecto de la continuidad o suspensión del ciclo lectivo 2021”.

La presentación de la Ciudad afirma que las restricciones vulneran tratados internacionales de jerarquía constitucional, como por ejemplo la Convención sobre los Derechos del Niño, que consagra el derecho del niño a la educación como un derecho progresivo que debe ejercerse en condiciones de igualdad.

“Debe garantizarse la efectividad de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que concurren a las escuelas públicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la educación y a la salud, amparados por las normas constitucionales y convencionales”, subrayó Rodríguez Larreta en la cautelar.(TN)

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Periodista, locutor, actor y editor de Semanario Argentino y de Radio A de Miami. Director de Diario Sur Digital.