Los extranjeros y su rol en el Balotaje 2023: Requisitos para participar

Los extranjeros y su rol en el Balotaje. Las personas nacidas en el extranjero y residentes en el país deben cumplir requisitos específicos para ejercer su derecho al voto. A continuación, se detallan las condiciones en las que podrían participar en la segunda vuelta.

Sergio Massa, candidato de Unión por la Patria, ganó las elecciones presidenciales del 22 de Octubre con el 36,78%, mientras que Javier Milei, de la Libertad Avanza, quedó en segundo lugar con el 29,99%, según los resultados definitivos del escrutinio. Dado que ninguno de los dos candidatos superó el umbral del 40% de los votos y una diferencia de 10 puntos sobre el segundo, ambos competirán en el balotaje del próximo Domingo 19.

En la primera vuelta, las demás listas que se postularon para la Presidencia de la Nación fueron derrotadas. Patricia Bullrich, presidenta del PRO y referente de Juntos por el Cambio, obtuvo el 23,81% de los votos, quedando en tercer lugar. Juan Schiaretti, de Hacemos por Nuestro País, tuvo un 6,73% a su favor, y Myriam Bregman, de la Frente de Izquierda y diputada nacional, obtuvo un 2,70%. Además, se registraron 597.051 votos en blanco, con una participación del 77,04% de los electores habilitados.

¿Pueden los extranjeros votar?

Según el Código Nacional Electoral (CNE), en su artículo 1º, son electores para cargos electivos nacionales todos los argentinos nativos o por opción desde los 16 años, y desde los 18 años para los argentinos naturalizados. Sin embargo, los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones para cargos nacionales, como el próximo balotaje de 2023, que elegirá al Presidente y al Vicepresidente. Aunque están habilitados para participar en elecciones provinciales o municipales, según lo establezca la normativa de cada distrito. Actualmente, cada provincia tiene una ley diferente, excepto Formosa, que no permite el voto extranjero para ningún cargo electivo.

Aquellas personas nacidas en otro país pueden solicitar la ciudadanía voluntariamente, lo que les otorga el derecho al voto. La modalidad por opción requiere ser hijo/a de padre o madre argentino/a nativo/a y haber nacido en el exterior. Por naturalización, es un proceso judicial ante los tribunales federales argentinos, que otorga la Carta de Ciudadanía Argentina, y requiere ser mayor de 18 años, tener dos años de residencia ininterrumpida y documentada en el país, certificada por la Dirección Nacional de Migraciones (excepto en casos de matrimonio con un ciudadano argentino nativo y/o tener un hijo nativo).

¿Quiénes no pueden votar en el balotaje 2023?

Aunque el voto es obligatorio para la población adulta, hay cuatro casos puntuales por los cuales ciertos ciudadanos no podrán ejercer su derecho cívico, según la disposición de la Cámara Nacional Electoral (CNE):

  1. Quienes no figuren en el padrón de la mesa.
  2. Los electores que no presenten documento habilitante.
  3. Aquellos que figuren en el padrón anulados/as por la Justicia Nacional Electoral, aunque aleguen error.
  4. Quienes presenten un documento anterior al que figura en el padrón.

Además, el artículo 3 del Código Nacional Electoral excluye a ciertas personas del padrón y, por lo tanto, no podrán participar en el balotaje:

  • Los dementes declarados como tales en juicio.
  • Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena.
  • Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por tres años; en caso de reincidencia, por seis.
  • Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.
  • Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción.
  • Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
  • Aquellos que, según otras prescripciones legales y reglamentarias, estén inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

Los presos condenados no pueden votar, aunque sí aquellos que solo están procesados. En cuanto a los documentos válidos para votar en el balotaje de 2023, la Cámara Nacional Electoral ha especificado los siguientes:

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica.
  • DNI libreta verde.
  • DNI libreta celeste.
  • Tarjeta del DNI libreta celeste con la leyenda «No válido para votar».
  • DNI tarjeta.

Cabe destacar que no se aceptará un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.

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